Normativa académica de másteres y posgrados de BAU

Esta normativa, aprobada por el Consejo Directivo de BAU el día 28 de noviembre de 2016 y actualizada el día 17 de diciembre de 2021, será aplicable a las actividades de formación continua de másteres y posgrados a partir del curso 2016-2017 mientras no haya cambios legislativos que obliguen a modificarla.

Índice

  1. Preámbulo
  2. Ámbito de aplicación
  3. Órganos responsables de másteres y posgrados
  4. Acceso y admisión
  5. Matrícula
  6. Trabajo Final de Másteres y Posgrados
  7. Defensa del Trabajo Final de Máster/PG
  8. Evaluación y sistemas de calificación de los másteres y posgrados
  9. Revisión del resultado de las calificaciones finales y custodia de las calificaciones
  10. Recurso contra la resolución del profesorado responsable del módulo/asignatura
    1. Expedición del título
  11. Comunicación de la recepción del título
  12. Entrega del título
  13. Continuidad del programa formativo

 

1. Preámbulo

Las enseñanzas de másteres y posgrados de BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny, centro adscrito a la Universidad de UVic-UCC, son estudios superiores que tienen como finalidad la adquisición por parte del/de la estudiante de competencias personales y profesionales y proporcionan una formación, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional. Asimismo, dichas enseñanzas generan conocimiento para facilitar la inserción y mejora profesional y fomentar el emprendimiento y la innovación.

La oferta formativa de másteres y posgrados de BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny se concreta en:

Título propio de máster

Los programas de másteres de BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny tienen una extensión mínima de 60 ECTS*. Los planes de estudios de másteres establecen una formación teórica y práctica que el/la estudiante adquiere mediante materias obligatorias, seminarios, trabajos dirigidos y actividades de evaluación y finalizan con la elaboración de un Trabajo Final (TFM) y defensa pública del mismo ante un tribunal.

Diploma de posgrado

Los programas formativos conducentes a un Diploma de Posgrado son titulaciones propias con los mismos requisitos y orientación que los estudios de máster, pero con una menor carga en créditos. La duración de estos estudios es de 30 créditos ECTS y finaliza con la elaboración de un Trabajo Final y defensa pública del mismo ante un tribunal.

*ECTS son las siglas correspondientes a European Credit Transfer System (Sistema Europeo de Transferencia de Créditos), que es el estándar adoptado por todas las universidades del EEES (Espacio Europeo de Educación Superior) para garantizar la homogeneidad y la calidad de los estudios que ofrecen. Un crédito ECTS tiene en cuenta, además de las horas lectivas, todas las actividades del/de la estudiante en el proceso de aprendizaje (horas de estudio y de elaboración de trabajos y prácticas).

2. Ámbito de aplicación

La presente normativa se aplica en las enseñanzas de formación continua de másteres y posgrados que conducen a una titulación o certificación propia, no oficial, de BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny adscrito a la UVic-UCC.

3. Órganos responsables de los másteres y posgrados

Las enseñanzas de máster y posgrado de BAU son responsabilidad del Consejo de Dirección de BAU y son aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UVic-UCC.

El Consejo de Dirección de BAU tiene, entre otras, las siguientes funciones:

  • Supervisar el diseño de las enseñanzas.
  • Organizarlas funcionalmente en el marco de BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny.
  • Actuar, si cabe, como órgano de admisión de los/las estudiantes.
  • Velar por la conexión con los otros programas formativos impartidos en el centro y con la investigación.

4. Acceso y admisión

4.1. Acceso

Para acceder a los estudios de máster y posgrado de BAU, los/las solicitantes deben estar en posesión de un título universitario oficial español o de uno expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), o bien un título de acuerdo con sistemas educativos ajenos al EEES que acredite un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles de grado.

No obstante, también podrán acceder al programa formativo profesionales sin titulación universitaria previa siempre y cuando puedan acreditar una experiencia relacionada con los estudios en los que desea matricularse.

Todos los másteres y posgrados de BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny disponen de plazas limitadas.

4.2. Admisión

Para realizar los trámites de admisión, los/las estudiantes deberán realizar la preinscripción online a través de la web de BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny (www.bau.cat) adjuntando la documentación requerida.El órgano que resolverá las admisiones de los/las candidatos/as es la comisión coordinadora de las enseñanzas.

El órgano que resolverá las admisiones de los/las candidatos/as es la comisión coordinadora de las enseñanzas.

4.2.1. Pre-admisión para estudiantes que solicitan ayuda económica

Los/Las estudiantes que estén en proceso de solicitud de algún tipo de beca o ayuda económica y necesiten un documento que acredite que están capacitados/as para acceder a un máster o posgrado antes de formalizar la matrícula del curso, podrán solicitar a BAU la tramitación de una pre-admisión.

Para ello, se deberá realizar la preinscripción online a través de la web de BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny (www.bau.cat) y, una vez confirmada la admisión por parte de la comisión coordinadora del programa, abonar un importe de 300 €. Realizado dicho pago, BAU expedirá un documento certificando que el/la estudiante ha sido admitido/a para cursar los estudios correspondientes. Este certificado no será en ningún caso una reserva de plaza o matrícula por lo que quedará pendiente la formalización de la matrícula. En el momento de formalizar la matrícula del curso, se descontarán los 300 € abonados del importe del primer pago.

La devolución del importe abonado sólo se hará en caso de que se anulase el programa. Si la beca a la que opta el/la estudiante le fuera denegada, se procederá a la devolución del 50% del importe abonado. Para ello se deberá presentar el correspondiente documento de denegación de la beca al solicitar la devolución. El 50% restante del importe abonado no se devolverá en concepto de gestiones administrativas.

4.3. Criterios de admisión

La comisión coordinadora del máster y/o del posgrado valorará los méritos del/de la candidato/a mediante la documentación acreditativa presentada junto a la solicitud de preinscripción. En este sentido, si ésta lo estima necesario, podrá determinar condiciones específicas de admisión y finalmente aceptará o denegará la admisión en el programa.

4.4 . Resolución y comunicación sobre la admisión

BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny notificará la resolución de admisión a las enseñanzas de manera personalizada mediante el correo electrónico que el/la candidato/a haya hecho constar en la preinscripción.

  • Solicitud Concedida: si el/la candidato/a ha sido admitido/a para cursar el máster o posgrado.
  • Solicitud Denegada: si el/la candidato/a no ha sido admitido/a para cursar el máster o posgrado.
  • Petición de más trabajos: si la comisión coordinadora del máster o posgrado requiere al/a la solicitante más trabajos para valorar su admisión.

5. Matrícula

Una vez confirmada la admisión, se podrá proceder a la formalización de la matrícula. La matrícula quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente y al pago en la forma y plazos establecidos.

La matrícula será responsabilidad de cada estudiante por lo que deberá conocer y respetar las normativas vigentes de BAU.

5.1. Anulación de matrícula del curso

En caso de anulación de la matrícula por parte del/de la estudiante, el importe correspondiente a las tasas universitarias, la gestión administrativa y los seguros obligatorios no se devolverá bajo ningún concepto.

La anulación de matrícula del curso se podrá solicitar mediante la presentación de la solicitud que se facilitará en secretaría de BAU. Dicha solicitud deberá ser presentada antes del día 25 del mes anterior al vencimiento de la cuota pendiente; en caso contrario, se deberá abonar el importe de dicha cuota.

La anulación de la matrícula no comportará, bajo ningún concepto, la devolución de las cantidades abonadas hasta el momento a excepción de:

En el caso de estudiantes extranjeros/as de países no pertenecientes a la Unión Europea a quienes se hubiera denegado el visado de estudios, podrán solicitar la devolución del importe abonado siempre y cuando hayan presentado la solicitud de visado ante el organismo competente como mínimo 30 días antes de la fecha de inicio del curso en el que se hayan matriculado y presenten el documento acreditativo de denegación del visado. En este caso, se procederá a la devolución de las cantidades abonadas hasta el momento menos 200 € correspondientes a las tasas universitarias, la gestión administrativa y los seguros obligatorios.

La solicitud de devolución del dinero por denegación del visado de estudios no será aplicable para los estudiantes matriculados en formaciones online.

5.2. Cancelación del curso

El centro se reserva el derecho de cancelar la actividad:

  • En el caso de no llegar al número mínimo de estudiantes establecido.
  • Por circunstancias ajenas a su voluntad.

En caso de cancelación de la actividad, se ofrecerá al/a la estudiante la posibilidad de cambiar su matrícula a otro máster o posgrado que pueda ser de su interés (previa aceptación por parte de la comisión coordinadora de la formación y siempre y cuando queden plazas disponibles). En caso contrario, se procederá a la devolución del importe total abonado por el/la estudiante, incluido el importe de las tasas universitarias.

6. Trabajo Final de Másteres y de Posgrado

Los másteres y los posgrados concluirán con el desarrollo de un Trabajo Final que se tendrá que defender públicamente ante un tribunal evaluador.

El Trabajo Final se plantea como un compendio de la formación adquirida en el transcurso de los estudios y tiene que permitir al/a la estudiante mostrar el nivel de adquisición de las competencias de la titulación y de los principios que fundamentarán su futura labor profesional.

Se podrá realizar de forma individual o bien en grupo, a criterio de la coordinación de las enseñanzas, aunque como norma general se procurará que los grupos de trabajo sean como máximo de tres estudiantes.

En los másteres, el Trabajo Final podrá tener una extensión máxima de 15 créditos ECTS. En los posgrados, el Trabajo Final podrá deberá tener una extensión máxima de 10 créditos ECTS.

La coordinación de cada máster y posgrado establecerá y publicará el reglamento específico para la elaboración y presentación de los Trabajos Finales, atendiendo a las especificidades de los estudios.

En la presentación del Trabajo Final ante el tribunal, cuando corresponda, se podrán emplear diferentes formas de comunicación oral, escrita y audiovisual cumpliendo con estándares de calidad profesional.Asimismo, se entregarán imágenes del Trabajo Final en alta definición 300 DPI en formato TIFF o JPEG.

7. Defensa del Trabajo Final de Máster / PG

La defensa del Trabajo Final se realizará ante un tribunal evaluador con una exposición presencial que tendrá una duración global máxima de 20min.

A la coordinación de las enseñanzas le corresponde designar el tribunal evaluador. El tribunal estará formado por profesionales con experiencia contrastada en el ámbito hasta un máximo de 3 miembros, uno de los cuales actuará de presidente.

El centro establecerá los períodos en los cuales se realizarán los actos de defensa de los Trabajos Finales asignando día, hora y lugar y la coordinación del máster o posgrado hará pública dicha fecha en el aula digital del campus virtual.

8. Evaluación y sistemas de calificación de los másteres y posgrados

Los másteres y posgrados de Bau tendrán una única convocatoria oficial por matrícula.

En ellos se aplicará el sistema de evaluación continuada teniendo en cuenta la consecución de las competencias y objetivos formativos indicados en el programa. La evaluación podrá incluir presentaciones de proyectos o de trabajos para evaluar módulos o bloques de competencias, así como pruebas, exámenes, entrevistas, etc. En este sentido, se programará como mínimo la defensa pública del Trabajo Final.

La normativa de evaluación específica que se pueda establecer en cada titulación la determinará la coordinación y ésta será publicada en el aula virtual para conocimiento de los/las estudiantes. En cualquier caso, el Trabajo Final deberá tener asignada una ponderación en la evaluación. La evaluación será siempre individual, aunque las actividades se hayan llevado a cabo colectivamente.

Independientemente del sistema de evaluación utilizado, en los expedientes de los/las estudiantes constará una calificación final correspondiente al programa cursado.

Los resultados que el/la estudiante haya obtenido se calificarán en función de la escala numérica de 0 a 10 con expresión de un decimal.

El acta que se publicará oficialmente se acompañará también con la calificación cualitativa siguiente:

0-4,9 Suspenso - SS

5.0-6.9 Aprobado - AP

7.0-8.9 Notable - NT

9.0-10 Sobresaliente - ST

La calificación de no presentado (NP), que significa que no ha sido evaluado, se otorga cuando el/la estudiante no ha participado en ninguno de los actos de evaluación previstos por cada asignatura o módulo y también cuando, a juicio del/de la profesor/a, lo ha hecho en un número poco significativo. La calificación final de No Presentado conlleva la no superación del curso.

9. Revisión del resultado de las calificaciones finales y custodia de las calificaciones

El/La estudiante tiene derecho a la revisión de los resultados de las diferentes actividades de evaluación.

El profesorado debe conservar las evidencias de evaluación (trabajos, pruebas, ejercicios…) durante tres meses después de la fecha de la firma de las actas finales. En caso de recurso, los documentos de evaluación se tienen que conservar hasta la resolución en firme.

El/La estudiante podrá solicitar en la secretaría del centro la revisión de la calificación final, mediante una petición escrita, dentro de los 2 días hábiles posteriores a la publicación de las actas.

La revisión será individualizada y tendrá en cuenta tanto la aplicación de los criterios de evaluación como la calificación obtenida. El acta de calificación final deberá estar firmada por el/la coordinador/a. Las calificaciones firmadas por el/la coordinador/a son las únicas válidas.

El acta quedará depositada en el área de Gestión Académica de BAU.

En caso de que se haya producido algún error en la nota que aparece en el acta, para rectificarla se requerirá la firma del/de la coordinador/a. La modificación se notificará al/a la estudiante en el plazo de 10 días hábiles después de la modificación.

10. Recurso contra la resolución del profesorado responsable del módulo/asignatura

El/La estudiante podrá presentar, dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de revisión de la calificación, un recurso razonado de segunda revisión, dirigido al/a la coordinador/a de los estudios correspondientes y solicitar la constitución de un comité para hacer una nueva revisión.

Si lo considera oportuno, el/la coordinador/a nombrará tres profesores/as que constituirán el comité en el que no podrá formar parte el/a profesor/a responsable de la calificación objeto de la reclamación. El comité podrá modificar la calificación inicial obtenida por el/la estudiante sólo al alza. Si es así, el acta correspondiente será firmada por el comité y por el/la coordinador/a.

Contra la resolución anterior y dentro de los 10 días naturales siguientes, el/la estudiante podrá presentar un recurso al/a la directora/a quien, asesorado por el Consejo de Dirección de BAU, dictaminará en última instancia.

11. Expedición del título

A los/las estudiantes que hayan acreditado, dentro del plazo asignado por BAU, tener titulación universitaria previa y que hayan superado los ECTS establecidos en el plan de estudios de máster, se les expedirá el Título de Máster por la UVic-UCC correspondiente a los estudios cursados.

A los/las estudiantes que hayan acreditado, dentro del plazo establecido por BAU, tener titulación universitaria previa y que hayan superado los ECTS establecidos en el plan de estudios de posgrado, se les expedirá el Diploma de Posgrado por la UVic-UCC correspondiente a los estudios cursados.

Los/Las estudiantes que no hayan acreditado titulación universitaria previa se les expedirá un Certificado de Especialización Universitaria por la UVic-UCC correspondiente a los estudios cursados.

Para obtener cualquier certificado de estudios, en el momento de su solicitud, es necesario estar al corriente de pago de la matrícula del curso.

12. Comunicación de la recepción del título

Una vez expedido el título, BAU comunicará por escrito al estudiante que está a su disposición en secretaría del centro. Dicha comunicación se enviará a la dirección de correo electrónico que conste en el expediente del estudiante.

13. Entrega del título

El título se entregará personalmente al/a la estudiante. Éste/a deberá identificarse con el documento oficial vigente correspondiente y, una vez comprobada la exactitud de los datos que se hacen constar en su título, lo firmará. También deberá firmar en el registro de expedición de títulos conforme lo ha retirado.

Excepcionalmente, el/la estudiante podrá autorizar la recogida del título a otra persona mediante autorización escrita debidamente autentificada.

Si el/la estudiante no reside en la provincia de Barcelona, podrá solicitar por escrito el envío del título.

14. Continuidad del programa formativo

La oferta de cursos de másteres y de posgrados se hará pública cada año antes del período de matriculación.

BAU, Centre Universitari d'Arts i Disseny se reserva el derecho a ofrecer nuevas ediciones de cada titulación.